Micelio

Artículo 307

Los Miembros De La Policía Nacional Cooperarán Permanentemente En Las Medidas Destinadas A Contener, Prevenir O Reprimir Cualquier Atentado Contra La Defensa, Conservación, Preservación Y Utilización De Los Recursos Naturales Renovables Y Del Ambiente, Y En Coordinar Las Labores De Las Diversas Organizaciones Existentes En La Comunidad, Encaminadas A Dicha Protección Y Defensa

Decreto 2811 de 1974 · por el cual se dicta el Código Nacional de Recursos Naturales Renovables y de Protección al Medio Ambiente

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los miembros de la Policía Nacional cooperarán permanentemente en las medidas destinadas a contener, prevenir o reprimir cualquier atentado contra la defensa, conservación, preservación y utilización de los recursos naturales renovables y del ambiente, y en coordinar las labores de las diversas organizaciones existentes en la comunidad, encaminadas a dicha protección y defensa. TITULO II DE LAS AREAS DE MANEJO ESPECIAL CAPITULO I Disposiciones generales.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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