Artículo tercero. El gasto que ocasione el cumplimiento del presente Decreto, se hará a partir del 1° de enero de 1956 hasta el 31 de diciembre del mismo año, con cargo al Capítulo 284, artículo 2887, y al, Capítulo 281, artículo del Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal en curso Comuníquese y cúmplase.
Decreto 2192 de 1956 →Vigente
Artículo 3
, Y Al, Capítulo 281, Artículo Del Presupuesto De Gastos Para La Vigencia Fiscal En Curso Comuníquese Y Cúmplase
Decreto 2192 de 1956 · Por el cual se distribuyen las partidas globales apropiadas para jornales y gastos de sostenimiento; y para construcciones, ampliaciones y mejoras locativas de las diversas entidades de la Sección de Tuberculosis del Ministerio de Salud Pública
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.