Pertenecen a la Nación los recursos naturales renovables y demás elementos ambientales regulados por este Código que se encuentren dentro del territorio nacional, sin perjuicio de los derechos legítimamente adquiridos por particulares y de las normas especiales sobre baldíos.
Decreto 2811 de 1974 →Vigente
Artículo 42
Pertenecen A La Nación Los Recursos Naturales Renovables Y Demás Elementos Ambientales Regulados Por Este Código Que Se Encuentren Dentro Del Territorio Nacional, Sin Perjuicio De Los Derechos Legítimamente Adquiridos Por Particulares Y De Las Normas Especiales Sobre Baldíos
Decreto 2811 de 1974 · por el cual se dicta el Código Nacional de Recursos Naturales Renovables y de Protección al Medio Ambiente
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.