Los Suboficiales de las Fuerzas de Policía que completen periodos quinquenios continuos de servicio y observen buena conducta, tendrán derecho a las siguientes recompensas en los tres primeros quinquenios
Una primera recompensa por el primer quinquenio, equivalente al quince por ciento (15%) del sueldo promedio anual devengado en el quinquenio;
Una secunda recompensa por el segundo quinquenio, equivalente al veinte por ciento (20%) del sueldo promedio anual devengado en el quinquenio;
Una tercera recompensa por el tercer quinquenio, equivalente al treinta por ciento (30) del sueldo promedio anual devengado en el quinquenio.
Para computar los quinquenios se tomará en cuenta el tiempo trabajado sucesivamente en una forma alternativa en las entidades afiliadas a la Caja, pero, en ningún caso, se causarán las recompensas cuando el computo del tiempo de servicio alcance a veinte (20).