Para la realización de los planes adoptados, la Comisión de Rehabilitación podrá celebrar contratos con los Departamentos, Territorios Nacionales, Municipios y otras entidades públicas o privadas, designar funcionarios que tengan a su cargo la ejecución de esos planes o realizarlos a través de |os Ministerios respectivos u otros organismos del Estado.
Decreto 135 de 1960 →Vigente
Artículo 14
Para La Realización De Los Planes Adoptados, La Comisión De Rehabilitación Podrá Celebrar Contratos Con Los Departamentos, Territorios Nacionales, Municipios Y Otras Entidades Públicas O Privadas, Designar Funcionarios Que Tengan A Su Cargo La Ejecución De Esos Planes O Realizarlos A Través De |os Ministerios Respectivos U Otros Organismos Del Estado
Decreto 135 de 1960 · Por el cual se dictan algunas disposiciones sobre Rehabilitación
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.