Micelio

Artículo 1

El Instituto Colombiano De Los Seguros Sociales Procederá A Adelantar Los Trabajos Preparatorios Para La Aplicación Del Seguro Social En Favor De La Población Campesina

Decreto 320 de 1949 · por el cual se dictan algunas normas sobre el seguro social obligatorio y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. El Instituto Colombiano de los Seguros Sociales procederá a adelantar los trabajos preparatorios para la aplicación del Seguro Social en favor de la población campesina. Las Cajas Seccionales que en lo futuro se establezcan sólo podrán organizarse sobre la base de que los asegurados campesinos constituyan desde un principio una proporción importante en relación con los asegurados urbanos. Esta proporción se fijará, en cada caso, de conformidad con lo que establezcan al efecto los reglamentos del Instituto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 320 de 1949