Micelio

Artículo 7

Los Contribuyentes Comprendidos En El Grupo Número 3 Pagarán El Total Neto, Según Su Liquidación Privada, En Cinco (5) Cuotas Iguales, Cuyos Vencimientos Serán El Día Diez De Las Meses De Marzo, Mayo, Julio, Septiembre Y Noviembre O El Día Hábil Siguiente Cuando El Diez No Sea Hábil

Decreto 3219 de 1980 · Por el cual se fijan los los plazos para una presentación de las declaraciones de impuesto sobre la renta y ventas; para el pago de la liquidación privada correspondiente al año gravable de 1980 en renta y para el pago de la liquidación privada en el impuesto sobre la rentas

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Articulo 7º Los contribuyentes comprendidos en el grupo número 3 pagarán el total neto, según su liquidación privada, en cinco (5) cuotas iguales, cuyos vencimientos serán el día diez de las meses de marzo, mayo, julio, septiembre y noviembre o el día hábil siguiente cuando el diez no sea hábil.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 3219 de 1980