Micelio

Artículo 1

Desde El 1° De Junio Próximo, Créanse Las Cárceles Nacionales Para Los Circuitos Penales De Ubaté Y Santa Rosa De Cabal Y Promiscuos De Cañasgordas Y Santa Bárbara, Cada Una Con El Siguiente Personal Y Asignaciones Mensuales; Un Director Con $ 110

Decreto 1818 de 1950 · Por el cual se establecen unas Cárceles de Circuito

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Desde el 1° de junio próximo, créanse las Cárceles Nacionales para los Circuitos Penales de Ubaté y Santa Rosa de Cabal y Promiscuos de Cañasgordas y Santa Bárbara, cada una con el siguiente personal y asignaciones mensuales; Un Director con $ 110.00. Dos Guardianes, cada uno con $ 90.00.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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