Micelio

Artículo 44

La Fiscalía General De La Nación, La Policía Nacional, El Ejército Nacional, La Armada Nacional, La Fuerza Aérea Y El Departamento Administrativo De Seguridad, Das, Deben Cubrir Con Cargo A Sus Respectivos Presupuestos, Los Gastos Del Personal Vinculado A Dichos Órganos Y Que Conforman Los Grupos De Acción Unificada Por La Libertad Personal, Gaula, A Que Se Refiere La Ley 282 De 1996

Decreto 4803 de 2010 · por el cual se liquida el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2011, se detallan las apropiaciones y se clasifican y definen los gastos.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La Fiscalía General de la Nación, la Policía Nacional, el Ejército Nacional, la Armada Nacional, la Fuerza Aérea y el Departamento Administrativo de Seguridad, DAS, deben cubrir con cargo a sus respectivos presupuestos, los gastos del personal vinculado a dichos órganos y que conforman los Grupos de Acción Unificada por la Libertad Personal, GAULA, a que se refiere la Ley 282 de 1996.

Parágrafo

El Departamento Administrativo de Seguridad, DAS, o la Policía Nacional deberán cubrir, con cargo al rubro de viáticos y gastos de viaje de sus respectivos presupuestos, los gastos causados por los funcionarios que hayan sido asignados al Congreso de la República para prestar los servicios de protección y seguridad personal a sus miembros o a esta Institución.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 4803 de 2010