Micelio

Artículo 91

El Patrimonio De La Escuela Estará Constituido Por Los Aportes Del Presupuesto Ordinario De La Nación; Los Bienes Muebles E Inmuebles Que Por Cualquier Título Hubiere Adquirido, Por Las Inversiones De Fondos Pertenecientes A Ella, Y Los Aportes, Auxilios, Donaciones, Herencias, Legados Y Subvenciones Que Recibiere De Cualesquiera Personas Nacionales O Extranjeras, Públicas O Privadas

Decreto 1522 de 1966 · Por el cual se dicta el Estatuto Orgánico de la Escuela Penitenciaria Nacional

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El patrimonio de la Escuela estará constituido por los aportes del Presupuesto Ordinario de la Nación; los bienes muebles e inmuebles que por cualquier título hubiere adquirido, por las inversiones de fondos pertenecientes a ella, y los aportes, auxilios, donaciones, herencias, legados y subvenciones que recibiere de cualesquiera personas nacionales o extranjeras, públicas o privadas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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