Micelio

Artículo 19

Decreto 3546 de 1980 · Por medio del cual se aprueba el acuerdo número 055 de 1980 expedido por la Junta Directiva de la CAR

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Para hallar la cuantía total que ha de distribuirse como contribución de valorización se extenderá por costos de la obra los siguientes conceptos: a.) El valor de los estudios y proyectos de la obra. b) El valor de los predios, construidos o no, requeridos por la obra. c) El valor de las indemnizaciones a que haya lugar por motivo de la construcción de la obra. d) El valor de las obras civiles y arquitectónicas, instalaciones, equipos, redes de servicio público y otra que se requieran para la cumplida ejecución de las obras. e) El valor de la interventoría de los estudios y de la construcción de la obra. í) Los gastos financieros durante la construcción. g) El valor de los honorarios asignados a los representantes de los contribuyentes

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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