Además del impuesto básico de renta determinado de acuerdo con el artículo 32 de la Ley 81 de 1960 y disposiciones que lo adicionan o reforman, los ganaderos deberán pagar a este mismo título cincuenta pesos por cada cabeza de ganado vacuno macho destinado al consumo interno o a la exportación y cien pesos cuando se trate de hembras.
Artículo 79
Además Del Impuesto Básico De Renta Determinado De Acuerdo Con El Artículo 32 De La Ley 81 De 1960 Y Disposiciones Que Lo Adicionan O Reforman, Los Ganaderos Deberán Pagar A Este Mismo Título Cincuenta Pesos Por Cada Cabeza De Ganado Vacuno Macho Destinado Al Consumo Interno O A La Exportación Y Cien Pesos Cuando Se Trate De Hembras
Decreto 1366 de 1967 · Por el cual se dictan normas contra la evasión y el fraude al impuesto sobre la renta, complementarios, especiales y sucesorales y se adoptan otras disposiciones
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.