° La erogación que se cause en virtud del presente Decreto se hará con cargo al capítulo 01, Dirección Superior, artículo 2456 otras remuneraciones a servicios personales (prima técnica) del presupuesto de la actual vigencia para el Ministerio de Minas y Energía.
Decreto 2234 de 1989 →Vigente
Artículo 2
La Erogación Que Se Cause En Virtud Del Presente Decreto Se Hará Con Cargo Al Capítulo 01, Dirección Superior, Artículo 2456 Otras Remuneraciones A Servicios Personales (Prima Técnica) Del Presupuesto De La Actual Vigencia Para El Ministerio De Minas Y Energía
Decreto 2234 de 1989 · Por el cual se asigna prima técnica a un empleado del Ministerio de Minas y Energía.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.