Dentro Del Término De Seis (6) Meses Contados A Partir De La Fecha De Expedición Del Presente Decreto, El Ministerio De Minas Y Energía, De Acuerdo Con Sus Competencias, Expedirá Las Normas Técnicas Y Procedimientos En Materia De Integridad De Pozos, Estimulación Hidráulica, Inyección De Agua De Producción, Fluidos De Retorno Y Sobre Otras Materias Técnicas Asociadas A La Exploración Y Explotación De Los Yacimientos No Convencionales, Para Adelantar Actividades De Exploración Y Explotación De Hidrocarburos En Los Citados Yacimientos, A Excepción De Las Arenas Bituminosas E Hidratos De Metano
Decreto 3004 de 2013 · por el cual se establecen los criterios y procedimientos para la exploración y explotación de hidrocarburos en yacimientos no convencionales.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
°. Dentro del término de seis (6) meses contados a partir de la fecha de expedición del presente decreto, el Ministerio de Minas y Energía, de acuerdo con sus competencias, expedirá las normas técnicas y procedimientos en materia de integridad de pozos, estimulación hidráulica, inyección de agua de producción, fluidos de retorno y sobre otras materias técnicas asociadas a la exploración y explotación de los yacimientos no convencionales, para adelantar actividades de exploración y explotación de hidrocarburos en los citados yacimientos, a excepción de las arenas bituminosas e hidratos de metano.
Parágrafo
Las normas que expida el Ministerio de Minas y Energía deberán ser observadas sin perjuicio del cumplimiento de las obligaciones de carácter ambiental establecidas por las autoridades competentes.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.