º Los préstamos a que el presente Decreto se refiere, devengarán un interés del 3% anual, y tendrán los plazos y garantías que se acuerden en cada caso entre el Municipio prestatario y el Ministerio de Hacienda y Crédito Público.
Decreto 380 de 1945 →Vigente
Artículo 3
Los Préstamos A Que El Presente Decreto Se Refiere, Devengarán Un Interés Del 3% Anual, Y Tendrán Los Plazos Y Garantías Que Se Acuerden En Cada Caso Entre El Municipio Prestatario Y El Ministerio De Hacienda Y Crédito Público
Decreto 380 de 1945 · Sobre fomento de las industrias de edificación y mejoramiento de la vivienda popular
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.