Micelio

Artículo 62

Toda Persona Tiene Derecho A Examinar Sin Reserva Alguna Los Libros Principales, Índices Y Archivos De Las Oficinas De Registro

Decreto 1778 de 1954 · Por el cual se dictan normas sobre Notariado y Registro

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Toda persona tiene derecho a examinar sin reserva alguna los libros principales, índices y archivos de las Oficinas de Registro. El Registrador está, por lo tanto, obligado, bajo su vigilancia, a permitir y facilitar dicho examen en cuanto no se perjudique el servicio público y sin que ello cause ninguna erogación a quien lo solicita. CAPITULO X Instrumentos sujetos a Registro y lugar donde debe hacerse.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1778 de 1954