Los fondos Departamentales de Caminos Vecinales tendrán un Administrador designado por la Junta Directiva para periodos de dos (2) años, pudiendo ser reelegibles. La Junta directiva hará los nombramientos de los Administradores, escogiéndolos de listas de cuatro nombres, políticamente paritarias, que le enviarán los respectivos Comités Departamentales.
La Junta Directiva podrá solicitar a los Comités de los Fondos Departamentales la modificación de las listas cuándo, a su juicio las personas que en ellas figuren no reúnan las cualidades que sean necesarias para el cargo.