Micelio

Artículo 17

Ley 88 de 1928 · Por la cual se adiciona y complementa la 88 de 1923, sobre lucha antialcohólica

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los impuestos de consumo que cobren los Departamentos no podrán ser menores, en lo sucesivo, de los siguientes, liquidados sobre cada botella de 720 gramos o fracción:

Parágrafo

En ningún caso quedaran sometidos a gravamen de consumo los vinos medicinales.

Parágrafo

Los dispuesto en este Artículo sobre impuesto de consumo de licores extranjeros, no excluye la autorización que tienen los Departamentos para monopolizar la introducción de licores extranjeros de conformidad con el Decreto legislativo número 41 de 1905, aprobado por la Ley 15 del mismo año, y con el numeral 36 del Artículo 97 de la ley 4ª de 1913.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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