A La Solicitud De Adjudicación De Que Trata El Artículo 7º De La Ley 98 De 1928, No Será Necesario Acompañar La Prueba De Que El Terreno Adyacente A La Edificación Está Delimitado Por Paredes; Bastará Acreditar Que Está Debidamente Encerrado
Decreto 1415 de 1940 · Por el cual se dictan algunas disposiciones sobre adjudicación de terrenos baldíos
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
º A la solicitud de adjudicación de que trata el artículo 7º de la Ley 98 de 1928, no será necesario acompañar la prueba de que el terreno adyacente a la edificación está delimitado por paredes; bastará acreditar que está debidamente encerrado.
Parágrafo
El plano a que se refiere el artículo citado podrá sustituirse por un dibujo del terreno en que consten los nombres de los colindantes y la longitud de cada lindero.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.