Micelio

Artículo 4

Los Contribuyentes A Que Se Refiere El Artículo 3° De Este Decreto, Deberán Suscribir Los “bonos De Financiamiento Especial -Emisión 1990-”, En Cualquiera De Las Oficinas Del Banco Popular, Correspondiente A La Jurisdicción De La Administración De Impuestos Nacionales Donde El Contribuyente Haya Debido O Deba Presentar Su Declaración De Impuesto De Renta Y Complementarios Por El Año Gravable De 1989

Decreto 1131 de 1990 · por el cual se ordena la emisión de títulos de deuda pública interna de la Nación denominados “Bonos de Financiamiento Especial -Emisión 1990-” y se fijan las características financieras y los términos para su suscripción.

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Los contribuyentes a que se refiere el artículo 3° de este decreto, deberán suscribir los “Bonos de Financiamiento Especial -Emisión 1990-”, en cualquiera de las oficinas del Banco Popular, correspondiente a la jurisdicción de la Administración de Impuestos Nacionales donde el contribuyente haya debido o deba presentar su declaración de impuesto de renta y complementarios por el año gravable de 1989. El plazo para suscribir y cancelar la inversión en los “Bonos de Financiamiento Especial –Emisión 1990-” vence en las fechas que se indican a continuación: Si el último dígito del Nit es: Hasta el día 1 ó 2 16 de agosto 3 ó 4 21 de agosto 5 ó 6 23 de agosto 7 u 8 27 de agosto 9 ó 0 29 de agosto

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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