Créase un Fondo Cuenta sin personería jurídica, el cual se formará con el porcentaje de las expensas que se destine a la sostenibilidad de la vigilancia que ejercerá la Superintendencia de Notariado y Registro.
El Superintendente de Notariado y Registro será el representante legal del Fondo y el ordenador del gasto.
Inexequible con efectos diferidos: La Sentencia C-568 de 2019 declaro la inexequibilidad diferida de esta disposición. Con lo cual le otorga al congreso un plazo de una legislatura que vence el 20 de junio de 2020, para que apruebe la norma que determine el sistema y el método para reglamentar el porcentaje de las expensas que perciben los curadores urbanos que se destinará para garantizar la sostenibilidad de la vigilancia que ejerce la Superintendencia de Notariado y Registro. De no cumplir el término se hará efectiva la declaración de inconstitucionalidad.