La Sociedad se disolverá
Por el vencimiento del término previsto para su duración, si no fuere prorrogado válidamente antes de su expiración;
Por la imposibilidad de desarrollar la empresa social;
Por reducción del número de socios a menos del requerido en la ley para su formación o funcionamiento, o por aumento que exceda del límite máximo fijado en la misma ley;
Por decisión del Consejo Directivo Regional de Televisión, adoptada por la totalidad de sus miembros;
Por la ocurrencia de pérdidas que reduzcan el capital social por debajo del cincuenta por ciento (50%);
Por decisión de autoridad competente, en los casos expresamente previstos en la ley, y
Por las demás causales legales.