La Contribución De Valorización Podrá Distribuirse Y Cobrarse Conjuntamente Por Varias Obras Que Hagan Parte Dé Planes Y Programas De Desarrollo De Una Misma Zona Del Territorio De Jurisdicción De La Corporación; Por La Totalidad De 'u N A Obra O Por Sectores De La Misma
Decreto 3546 de 1980 · Por medio del cual se aprueba el acuerdo número 055 de 1980 expedido por la Junta Directiva de la CAR
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El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
º La contribución de valorización podrá distribuirse y cobrarse conjuntamente por varias obras que hagan parte dé planes y programas de desarrollo de una misma zona del territorio de jurisdicción de la Corporación; por la totalidad de 'u n a obra o por sectores de la misma.
Parágrafo
Cuando 1ª Corporación, en virtud de las atribuciones que le concede la Ley 3º de 1961, contrate con las personas correspondientes la ejecución de obras de interés público fuera de su jurisdicción podrá celebrar convenios administrativos con la Dirección Nacional de Valorización para la distribución y recaudo de las contribuciones de valorización que resulten de las .mismas.
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Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.