Micelio

Artículo 125

Decreto 266 de 2000 · Por el cual se dictan normas para suprimir y reformar las regulaciones, trámites y procedimientos

1 sentencia lo revisó1 inexequibilidad
01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

- Patrimonio de las Cámaras de Comercio . El patrimonio de las Cámaras de Comercio como entidades sin ánimo de lucro y de naturaleza corporativa, gremial y privada, continuará constituido por

1.

El producto de los derechos a su favor por los servicios que prestan relacionados con la administración de los registros públicos, los actos, libros y demás documentos que la ley determine inscribir en los mismos y el valor de los certificados que expidan en ejercicio de sus funciones;

2.

Los bienes muebles e inmuebles adquiridos desde su creación y las inversiones en bienes, servicios y demás derechos realizados a sus expensas;

3.

El producto de las cuotas que el reglamento señale para los comerciantes afiliados e inscritos;

4.

Los rendimientos y valorizaciones de sus bienes y rentas;

5.

Los demás ingresos ordinarios previstos en el Código de Comercio.

6.

Los que obtengan en ejercicio de las demás funciones públicas o por los servicios que presten de acuerdo con la ley; los reglamentos y sus estatutos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

  1. 2000
    C-1317/00ConstitucionalidadINEXEQUIBLE
1 pronunciamiento · fuente: parte resolutiva de cada sentencia
Ver toda la Decreto 266 de 2000