Para efecto de registrar una asociación de radioaficionados de carácter regional, la asociación deberá agrupar por lo menos cincuenta (50) miembros, debidamente licenciados indicando los correspondientes distintivos de llamada y acreditar los siguientes documentos
Solicitud escrita suscrita por el representante legal de la asociación, dirigida a la Dirección General de Comunicación Social del Ministerio de Comunicaciones.
Certificado expedido por autoridad competerte en que se acredite la existencia y representación legal de la asociación.
Copia autenticada de los estatutos de la asociación.
Lista actualizada de por lo menos cincuenta (50) miembros debidamente licenciados, indicando los correspondientes distintivos de llamada.
Recibo de pago en favor del Fondo de Comunicaciones, por una suma equivalente a dos (2) salarios mínimos legales mensuales.