Artículo primero. Apruébase en todas sus partes el Decreto número 40, de fecha 30 de enero de 1950, expedido por la Gobernación del Departamento de Nariño, y que a la letra dice: "DECRETO NUMERO 40 DE 1950 (ENERO 30) por el cual se crea la Administración de las Rentas Departamentales y se organiza la Empresa Licorera de Nariño. El Gobernador; del Departamento, en uso de sus atribuciones legales, y en especial de las que le conceden los Decretos Nacionales números 3518 y 3523 de y 1949, decreta:
Decreto 897 de 1950 →Vigente
Artículo 1
Decreto 897 de 1950 · Por la cual se aprueba el Decreto número 40, de 30 de enero del año en curso, dictado por el Gobernador del Departamento de Nariño
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.