Por Grumete Distinguido se entiende el personal que aprobó el Curso reglamentario en la Escuela Naval de Grumetes y que ha sido ascendido a este grado, para iniciar su entrenamiento a bordo.
Los grados de Grumete y Grumete Distinguido no pertenecen a las categorías de Suboficiales ni de Marinería. Las disposiciones del presente Decreto solamente rigen para ellos en lo referente a sueldo mensual básico. Para todos los demás efectos se regirán por los Reglamentos navales correspondientes.