Micelio

Artículo 2

Tampoco Podrá Ordenarse Exención De Los Mencionados Derechos, En Favor De Objetos Que Se Importen Por Cuenta De Los Departamentos, Distritos Y Demás Entidades, Sino En Cuanto En La Tarifa De Aduanas Ó En Otra Ley Se Halle Disposición Que La Prescriba Ó Autorice

Decreto 14 de 1895 · Adicional a las disposiciones ejecutivas que se hallan vigentes sobre exención de derechos de Aduana

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Tampoco podrá ordenarse exención de los mencionados derechos, en favor de objetos que se importen por cuenta de los Departamentos, Distritos y demás entidades, sino en cuanto en la Tarifa de Aduanas ó en otra ley se halle disposición que la prescriba ó autorice.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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