Micelio

Artículo 1

El Instituto Colombiano De Antropología Es Una Institución Científica, Dependiente Del Ministerio De Educación Nacional, Cuyas Funciones Son Las Siguientes: A) La Defensa Y Conservación Del Patrimonio Arqueológico De La Nación, De Acuerdo Lo Dispuesto En La Ley 163 De 1959; D) El Estudio Técnico Y Sistemático De Los Yacimientos Arqueológicos Que Existen En El País En Orden A Evaluar Su Significado Científico Y Sus Vinculaciones Con Otras Culturas Prehispánicas

Decreto 812 de 1961 · Por el cual se reorganiza el Instituto Colombiano de Antropología, y se determinan sus funciones

01

El texto del artículo

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º El Instituto Colombiano de Antropología es una Institución científica, dependiente del Ministerio de Educación Nacional, cuyas funciones son las siguientes: a) La defensa y conservación del patrimonio arqueológico de la Nación, de acuerdo lo dispuesto en la ley 163 de 1959; d) El estudio técnico y sistemático de los yacimientos arqueológicos que existen en el país en orden a evaluar su significado científico y sus vinculaciones con otras culturas Prehispánicas. c) La investigación metódica de los grupos étnicos integran actualmente la población Colombiana con el objeto de definir sus características o peculiaridades antropológicas, físicas y sociales; d) La investigación de las manifestaciones de lingüística aborigen. e) La investigación de las manifestaciones folclóricas del pueblo Colombiano. f) La publicación de los resultados de las investigaciones realizadas. g) La exhibición en exposiciones permanentes o temporales, de los objetos arqueológicos etnográficos y demás resultados de las misiones de estudio. h) La preparación del personal especializado en las diversas ramas de la antropología con sujeción a las disposiciones que existen y que pueden expedirse sobre el particular. i) La vinculación con centros extranjeros similares a fin de lograr el intercambio de publicaciones, de colecciones, de técnicos de estudiantes, etc.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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