El Reconocimiento De La Personería Jurídica Es Requisito Indispensable Para Que Una Entidad De Carácter Docente Sea Considerada Como Establecimiento De Educación Superior
Decreto 125 de 1973 · Por el cual se reglamenta la apropiación de Instituciones de Educación Superior y de programas académicos
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
° El reconocimiento de la personería jurídica es requisito indispensable para que una entidad de carácter docente sea considerada como establecimiento de educación superior.
Parágrafo 1
Los establecimientos de educación superior que dependan o sean apovados por una fundación, asociación o sociedad deben constituirse como personas jurídicas autónomas.
Parágrafo 2
El presente artículo rige para los establecimientos de educación superior que se constituyan a partir d ella vigencia del presente Decreto.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.