Artículo octavo. Las exenciones de derechos de aduna de que trata el artículo 11 del Decreto número 0336 de 1957, comprende los impuestos sobregiros y cualquier otro que se cause con motivo a las importaciones de materia prima, partes para ensamble, mercancías, maquinarias y equipos que se dediquen a manufacturas de artículos destinados a la exportación.
Decreto 587 de 1958 →Vigente
Artículo 8
Del Decreto Número 0336 De 1957, Comprende Los Impuestos Sobregiros Y Cualquier Otro Que Se Cause Con Motivo A Las Importaciones De Materia Prima, Partes Para Ensamble, Mercancías, Maquinarias Y Equipos Que Se Dediquen A Manufacturas De Artículos Destinados A La Exportación
Decreto 587 de 1958 · Por el cual se reglamenta el Decreto legislativo número 0336 de diciembre de 1957
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.