Micelio

Artículo 26

Eventos Subsecuentes En El Trámite Concursal

Decreto 1080 de 1996 · por el cual se reestructura la Superintendencia de Sociedades y se dictan normas sobre su administración y recursos.

2 sentencias lo revisaron1 inexequibilidad
01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Eventos subsecuentes en el trámite concursal. Cuando en cualquier estado del trámite del concordato el Superintendente establezca cambios en la situación, que no hagan viable la recuperación de los negocios del deudor y la conservación de la empresa como unidad de explotación económica y fuente generadora de empleo, podrá mediante auto declarar terminado el trámite concordatario para dar inicio a la liquidación obligatoria.

JURISPRUDENCIA

LEGISLACIÓN ANTERIOR

Artículo 26.Eventos subsecuentes en el trámite concursal. Cuando en cualquier estado del trámite del concordato el Superintendente establezca cambios en la situación, que no hagan viable la recuperación de los negocios del deudor y la conservación de la empresa como unidad de explotación económica y fuente generadora de empleo, podrá mediante auto declarar terminado el trámite concordatario para dar inicio a la liquidación obligatoria.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

  1. 1997
    C-180/97ConstitucionalidadINEXEQUIBLE
  2. 1997
    C-254/97ConstitucionalidadESTARSE A LO RESUELTO
2 pronunciamientos · fuente: parte resolutiva de cada sentencia
Ver toda la Decreto 1080 de 1996