Micelio

Artículo 2.5.3.2.2.1.4

Eliminado

Decreto 1075 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Educación.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Eliminado.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

LEGISLACIÓN ANTERIOR

Artículo 2.5.3.2.2.1.4. Lugar de desarrollo en el Registro Calificado. En la solicitud de registro calificado, la institución deberá indicar el o los municipios en los que desarrollará el programa.

En el caso en que la solicitud de registro calificado incluya 2 o más municipios en los que se desarrollará el programa académico, la propuesta debe hacer explícitas las condiciones de calidad del mismo, en cada uno de estos municipios, esto es, profesores, gestión curricular, medios educativos, interacción nacional e internacional y extensión de acuerdo con la naturaleza y nivel de formación del programa para obtener un registro calificado único.

Para los programas de doctorado y maestría de investigación, adicionalmente, se evaluará la condición de investigación.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1075 de 2015