º Cuando la asignación básica mensual de los empleados a que se refiere el artículo 1º del presente Decreto sea igual o inferior al doble del sueldo fijado para el grado 01 de la escala de remuneración del nivel operativo, dichos empleados tendrán derecho al reconocimiento y pago de un auxilio mensual de transporte en cuantía de ochocientos diez pesos ($ 810). No habrá lugar a este auxilio cuanto la Registraduria preste servicio de transporte a sus empleados.
Artículo 8
Cuando La Asignación Básica Mensual De Los Empleados A Que Se Refiere El Artículo 1º Del Presente Decreto Sea Igual O Inferior Al Doble Del Sueldo Fijado Para El Grado 01 De La Escala De Remuneración Del Nivel Operativo, Dichos Empleados Tendrán Derecho Al Reconocimiento Y Pago De Un Auxilio Mensual De Transporte En Cuantía De Ochocientos Diez Pesos ($ 810)
Decreto 287 de 1983 · Por el cual se establecen las escalas de remuneración de los empleos de la Registraría Nacional del Estado Civil y se dictan otras disposiciones
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.