Micelio

Artículo 12

La Resolución Del Consejo Consejo Profesional Nacional De Ingeniería Y Arquitectura Que Confirma Una Matrícula De Ingeniero O Arquitecto, Llevará Necesariamente, Además De Las Firmas Del Presidente De La Sociedad Colombiana De Ingenieros O Del Presidente De La Sociedad Colombiana De Arquitectos, Según El Caso

Decreto 923 de 1979 · Por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 64 de 1978

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La resolución del Consejo Consejo Profesional Nacional de Ingeniería y Arquitectura que confirma una matrícula de Ingeniero o Arquitecto, llevará necesariamente, además de las firmas del Presidente de la Sociedad Colombiana de Ingenieros o del Presidente de la Sociedad Colombiana de Arquitectos, según el caso.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 923 de 1979