Artículo cuarto La Asociación nacional de Piscicultura y Pesca no podrá dar a este lote de terreno ningún otro destino diferente al del incremento de la piscicultura y d la pesca, ni enajenarlo a ningún título.
Decreto 60 de 1957 →Vigente
Artículo 4
Decreto 183 De 1957
Decreto 60 de 1957 · Por el cual se cede un lote de terreno, como aporte del Gobierno Nacional, a la Asociación Nacional de Piscicultura y Pesca
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.