Micelio

Artículo 7

El Gobierno Podrá Contratar La Administración Y Explotación De Empresas Ferroviarias Departamentales O Particulares, Y Ejercerla Por Medición Del Consejo Administrativo De Los Ferrocarriles Nacionales

Decreto 1420 de 1943 · Por el cual se dictan algunas medidas sobre administración de los Ferrocarriles Nacionales

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° El Gobierno podrá contratar la administración y explotación de empresas ferroviarias departamentales o particulares, y ejercerla por medición del Consejo Administrativo de los Ferrocarriles Nacionales. Los contratos que celebre el Gobierno en desarrollo de esta autorización, sólo requieran para su validez la aprobación del Presidente de la República, previo dictamen favorable del Consejo de Ministros.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1420 de 1943