Implementación. Los establecimientos educativos de preescolar, básica y media deberán incorporar la asignatura de la Cátedra de la Paz dentro del Plan de Estudios antes del 31 de diciembre de 2015, para lo cual deberán adscribirla dentro de alguna de las siguientes áreas fundamentales, establecidas en el artículo 23 de la Ley 115 de 1994:
Ciencias Sociales, Historia, Geografía, Constitución Política y Democracia,
Ciencias Naturales y Educación Ambiental, o
Educación Ética y en Valores Humanos.
Los establecimientos educativos de preescolar, básica y media podrán aprovechar las áreas transversales para incorporar contenidos de la cultura de la paz y el desarrollo sostenible.
(Decreto 1038 de 2015, artículo 3°).