° Los buques de guerra que posee el Gobierno en el litoral Atlántico, en la Costa del Pacífico y en el río Magdalena, volverán á depender del Ministerio de Guerra en la forma que lo estuvieron antes, á cuyo efecto las partidas votadas para los gastos que causen dichos barcos se trasladarán del Presupuesto de Hacienda y Tesoro al Presupuesto de Guerra.
Artículo 9
° Los Buques De Guerra Que Posee El Gobierno En El Litoral Atlántico, En La Costa Del Pacífico Y En El Río Magdalena, Volverán Á Depender Del Ministerio De Guerra En La Forma Que Lo Estuvieron Antes, Á Cuyo Efecto Las Partidas Votadas Para Los Gastos Que Causen Dichos Barcos Se Trasladarán Del Presupuesto De Hacienda Y Tesoro Al Presupuesto De Guerra
Decreto 464 de 1906 · Por el cual se divide el territorio de la República en cuatro Zonas militares, se señalan unos sueldos y se dictan otras varias disposiciones relacionadas con el Ramo de Guerra
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.