El Instituto de Casas Fiscales del Ejército, como organismo administrativo que es, goza de los mismos privilegios y prerrogativas que se reconocen a la Nación y por tanto está exento del pago de toda clase de impuestos, tasas y contribuciones sean nacionales, departamentales o municipales.
Decreto 2345 de 1971 →Vigente
Artículo 32
El Instituto De Casas Fiscales Del Ejército, Como Organismo Administrativo Que Es, Goza De Los Mismos Privilegios Y Prerrogativas Que Se Reconocen A La Nación Y Por Tanto Está Exento Del Pago De Toda Clase De Impuestos, Tasas Y Contribuciones Sean Nacionales, Departamentales O Municipales
Decreto 2345 de 1971 · Por el cual se reorganizan Casas Fiscales del Ejército
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.