°. Modifícase el inciso 2° del artículo 2° del Decreto 4637 de 2008, el cual quedará así: “El acto mediante el cual se adopte el Plan de Enajenación Onerosa deberá publicarse en la página web de la entidad y en un diario de amplia circulación nacional dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su expedición. De igual manera, deberá enviar copia de dichos actos a Central de Inversiones S. A., CISA, dentro de los diez (10) días siguientes a su publicación”.
Decreto 3297 de 2009 →Vigente
Artículo 7
Modifícase El Inciso 2° Del Artículo 2° Del Decreto 4637 De 2008, El Cual Quedará Así: “el Acto Mediante El Cual Se Adopte El Plan De Enajenación Onerosa Deberá Publicarse En La Página Web De La Entidad Y En Un Diario De Amplia Circulación Nacional Dentro De Los Cinco (5) Días Hábiles Siguientes A Su Expedición
Decreto 3297 de 2009 · por el cual se asignan algunas funciones a Central de Inversiones S. A., CISA, y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.