° Se otorgará la distinción “Andrés Bello” para reconocer los méritos y la consagración académica de los bachilleres que egresan de planteles educativos situados en los distintos municipios del país y en el Distrito Especial de Bogotá. Las distinciones se otorgarán anualmente en dos ocasiones: una, hacia el mes de junio para las regiones en las que predomina el calendario escolar de tipo B, y otra hacia el mes de noviembre para aquellas con predominio del calendario de tipo A.
Decreto 1247 de 1988 →Vigente
Artículo 1
Se Otorgará La Distinción “andrés Bello” Para Reconocer Los Méritos Y La Consagración Académica De Los Bachilleres Que Egresan De Planteles Educativos Situados En Los Distintos Municipios Del País Y En El Distrito Especial De Bogotá
Decreto 1247 de 1988 · por el cual se establecen criterios para el otorgamiento de la distinción “Andrés Bello”.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.