Micelio

Artículo 2.3.3.5.8.3.2

Contrato De La Oferta Educativa Para Los Centros De Atención Especializada O Centros De Internamiento Preventivo

Decreto 1075 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Educación.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Contrato de la oferta educativa para los Centros de Atención Especializada o Centros de Internamiento Preventivo. Las entidades territoriales certificadas en educación podrán celebrar contratos para garantizar la oferta educativa permanente para la población que ingresa al Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes (SRPA) con medidas o sanciones privativas de la libertad, con personas jurídicas públicas o privadas, propietarias de un establecimiento educativo legalmente autorizado, que acrediten trayectoria, idoneidad y experiencia superior a dos (2) años en la prestación del servicio de educación formal, en los niveles de básica y media, para los adolescentes en conflicto con la ley penal.

En el desarrollo de este contrato, el propietario del establecimiento educativo se obliga a mantener de forma permanente la oferta educativa al interior del Centro de Atención Especializada (CAE) o del Centro de Internamiento Preventivo (CIP) con sujeción a su Proyecto Educativo Institucional (PEI), y a lo dispuesto en el respectivo contrato, el cual deberá tener en cuenta las características y principios rectores que trata la presente Sección.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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