Micelio

Artículo 6

Cuando Se Inicie Un Juicio De Lanzamiento Contra Las Personas Indicadas En El Artículo Primero De Este Decreto, Las Autoridades Que Conozcan De Él Concederán A Los Demandados Un Plazo Prudencial, Habida Consideración Del Contrato, Para Que Cumplan Sus Obligaciones

Decreto 2969 de 1966 · Por el cual se prorrogan los contratos de arrendamiento rural, aparcería y similares, y se dictan otras medidas complementarias

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Cuando se inicie un juicio de lanzamiento contra las personas indicadas en el artículo primero de este Decreto, las autoridades que conozcan de él concederán a los demandados un plazo prudencial, habida consideración del contrato, para que cumplan sus obligaciones. Satisfechas éstas dentro del término concedido, quedará purgada la mora.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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