Micelio

Artículo 8

Cuando En El Segundo Año Del Curso De Becados Se Presenten Vacantes, El Gobierno Podrá Llenarlas Con Aquellos Oficiales Que Hayan Hecho En Calidad De Becados El Curso De Un Año, Siempre Que Su Conducta Haya Sido Calificada Con La Nota Correspondiente A Buena Y Que Hayan Obtenido En Cada Materia De Enseñanza Profesional La Nota Correspondiente A Regular, Por Lo Menos

Decreto 254 de 1917 · Por el cual se adiciona el Reglamento Orgánico de la Escuela Superior de guerra y se reglamenta el artículo 19 de la Ley 26 de 1916

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Cuando en el segundo año del curso de becados se presenten vacantes, el Gobierno podrá llenarlas con aquellos Oficiales que hayan hecho en calidad de becados el curso de un año, siempre que su conducta haya sido calificada con la nota correspondiente a buena y que hayan obtenido en cada materia de enseñanza profesional la nota correspondiente a regular, por lo menos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 254 de 1917