Las Unidades Administrativas Especiales contarán con los expertos que requieran para el cumplimiento de sus funciones, los cuales serán vinculados mediante contratos de prestación de servicios que serán celebrados a través de la entidad fiduciaria correspondiente, previa solicitud elevada por el Ministro de Minas y Energía.
Decreto 1253 de 1993 →Vigente
Artículo 29
Las Unidades Administrativas Especiales Contarán Con Los Expertos Que Requieran Para El Cumplimiento De Sus Funciones, Los Cuales Serán Vinculados Mediante Contratos De Prestación De Servicios Que Serán Celebrados A Través De La Entidad Fiduciaria Correspondiente, Previa Solicitud Elevada Por El Ministro De Minas Y Energía
Decreto 1253 de 1993 · por el cual se desarrolla y reglamenta parcialmente el Decreto 2119 de 1992.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.