Toda autorización de un programa de Formación Avanzada o Postgrado deberá hacer referencia explícita como mínimo al nombre del programa, título a que conduce, forma de dedicación y escolaridad, localización municipal, estructura curricular y número de estudiantes.
El número de estudiantes que se admitan en un programa de Formación Avanzada o de Postgrado, así como el valor de las matrículas y derechos pecuniarios, serán materia de acuerdo entre la Universidad y el ICFES, habida cuenta de la calidad académica que debe tener el programa y de los recursos económicos necesarios para el funcionamiento del mismo.