Las viudas, los hijos menores o en su defecto los padres de los soldados que fallezcan en goce de pensión de que trata el artículo 71 de este Decreto, tendrán derecho a recibir el Tesoro Nacional, por solo una vez, una cantidad igual a multiplicar el valor de esa pensión por doce.
Decreto 1123 de 1942 →Vigente
Artículo 73
Las Viudas, Los Hijos Menores O En Su Defecto Los Padres De Los Soldados Que Fallezcan En Goce De Pensión De Que Trata El Artículo 71 De Este Decreto, Tendrán Derecho A Recibir El Tesoro Nacional, Por Solo Una Vez, Una Cantidad Igual A Multiplicar El Valor De Esa Pensión Por Doce
Decreto 1123 de 1942 · Por el cual se reorganiza la carrera de Oficiales del Ejército y se modifica el Decreto 154 de 1940
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.