°. El Comité Regional del Departamento de Córdoba y los Comités Locales de los municipios detallados en el artículo 1° del presente decreto, elaborarán un Plan de Acción Específico con el apoyo de la Dirección de Prevención y Atención de Desastres del Ministerio del Interior y de Justicia, para el manejo de la situación de desastre declarada en el presente decreto, de acuerdo a los siguientes lineamientos que serán de obligatorio cumplimiento para todas las entidades públicas y privadas que deban contribuir a su ejecución.
Los lineamientos generales para el manejo de las inundaciones en el departamento de Córdoba, comprende diez líneas de acción, a saber
Asistencia Humanitaria a las familias afectadas con alimentación y elementos de dormitorio, aseo y cocina, durante el tiempo que dure la emergencia y un tiempo adicional necesario en el desarrollo del proceso de recuperación.
Administración y manejo de albergues y/o subsidios de arrendamiento temporal, para las familias que evacuaron sus viviendas.
Agua potable y saneamiento básico.
Salud integral, control y vigilancia epidemiológica.
Recuperación de vivienda (averiada y destruida).
Incentivos del sector agropecuario.
Reactivación económica y social de la zona acorde con las líneas que el Departamento Nacional de Planeación establezca.
Ordenamiento Territorial.
Alertas tempranas, y
Obras de emergencias (reforzamiento de terraplenes, obras de control, etc.) y obras de Prevención y mitigación en la zona.
Como temas transversales en relación a las líneas de acción señaladas anteriormente, se deben tener en cuenta
La coordinación de las acciones del Sistema por parte de la Dirección de Prevención y Atención de Desastres con los respectivos Comités Regionales y Locales.
Mantener clara y oportuna información pública del desarrollo del Plan.
Activar las redes de comunicaciones que sean necesarias.
Activar las acciones necesarias de logística.