Micelio

Artículo 39

Toda Propuesta De Modificación A Las Plantas De Personal Que Afecte Las Apropiaciones Por Servicios Personales, Requerirá Para Su Consideración Y Trámite Por Parte Del Ministerio De Hacienda Y Crédito Público -Dirección General Del Presupuesto- De Los Siguientes Requisitos: 1

Decreto 3106 de 1990 · por el cual se liquida el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 1991, se detallan las apropiaciones y se clasifican y definen los gastos.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTICULO 39. Toda propuesta de modificación a las plantas de personal que afecte las apropiaciones por servicios personales, requerirá para su consideración y trámite por parte del Ministerio de Hacienda y Crédito Público -Dirección General del Presupuesto- de los siguientes requisitos

1.

Certificado de disponibilidad presupuestal, suscrito por el Jefe de Presupuesto del organismo y entidad respectiva, indicando si se atenderá el gasto con recursos de funcionamiento o inversión.

2.

Exposición de motivos.

3.

Cuadro comparativo de costos y cargos de la planta vigente y de la que se propone, diseñado por la Dirección General del Presupuesto.

4.

Cuadro comparativo de los gastos en bienes y servicios corrientes en que se incurrirá por la modificación.

5.

Efecto sobre los gastos de inversión.

Parágrafo

Las modificaciones a las plantas de personal que se financian con recursos de inversión, requieren concepto previo y favorable del Departamento Nacional de Planeación.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 3106 de 1990