ARTICULO 39. Toda propuesta de modificación a las plantas de personal que afecte las apropiaciones por servicios personales, requerirá para su consideración y trámite por parte del Ministerio de Hacienda y Crédito Público -Dirección General del Presupuesto- de los siguientes requisitos
Certificado de disponibilidad presupuestal, suscrito por el Jefe de Presupuesto del organismo y entidad respectiva, indicando si se atenderá el gasto con recursos de funcionamiento o inversión.
Exposición de motivos.
Cuadro comparativo de costos y cargos de la planta vigente y de la que se propone, diseñado por la Dirección General del Presupuesto.
Cuadro comparativo de los gastos en bienes y servicios corrientes en que se incurrirá por la modificación.
Efecto sobre los gastos de inversión.
Las modificaciones a las plantas de personal que se financian con recursos de inversión, requieren concepto previo y favorable del Departamento Nacional de Planeación.